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Escuelas y hospitales deben pagar agua: SCJN


Al resolver la controversia constitucional 48/2015 interpuesta por el gobierno municipal de Jesús María, Aguascalientes, reclamando la invalidez de reformas a la Ley del Agua de ese estado por las que se exentaba a los centros educativos y de salud del pago de derechos por la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó que dichos servicios no quedan incluidos en los casos de exención a que se refiere la fracción IV del artículo 115 Constitucional.

Consulta la sentencia publicada en el Diario Oficial de la Federación aquí.

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