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Publica Bienestar Lineamientos FAIS 2026

  • hace 1 día
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FAIS 2026: Lo que cambió, lo que se mantiene y los errores que no pueden volver a cometerse


Guía práctica para alcaldes, regidores, tesoreros y directores de obras públicas

 

El 24 de febrero de 2026, la Secretaría de Bienestar publicó en el Diario Oficial de la Federación los nuevos Lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) para el ejercicio fiscal 2026. Con esa publicación quedaron abrogados —cancelados por completo— los Lineamientos de 2025.

Para la mayoría de los funcionarios que llegaron al cargo en octubre de 2024, estos son sus segundos Lineamientos. El primero fue un año de aprendizaje. Algunos municipios lo hicieron bien; otros enfrentaron observaciones de Bienestar, retrasos en la validación de sus proyectos, y en casos más graves, señalamientos de la Auditoría Superior de la Federación. Ahora viene el segundo año, y con él una nueva versión de las reglas.

Este artículo explica qué cambió entre los Lineamientos de 2025 y los de 2026, qué se mantuvo igual, cuáles fueron los errores más frecuentes del primer año y qué deben hacer diferente desde hoy. El lenguaje es deliberadamente accesible: este texto no está escrito para abogados, sino para alcaldes, tesoreros, regidores y directores de obras públicas que necesitan entender el fondo del asunto sin perderse en el tecnicismo.

 

1. ¿Qué es el FAIS y de cuánto dinero estamos hablando?

El FAIS es dinero federal etiquetado: recursos que la Federación le entrega al municipio con una condición clara: sólo pueden usarse para obras e infraestructura que beneficien a población en pobreza extrema, a localidades con alto o muy alto rezago social, o a las llamadas Zonas de Atención Prioritaria (ZAP).

No es dinero libre. No puede usarse para pagar sueldos (salvo excepciones muy específicas de gastos indirectos), no puede destinarse a eventos, no puede transferirse a otro rubro presupuestal. Y lo más importante: si al 31 de diciembre no se gastó correctamente, hay que devolver el remanente a la Tesorería de la Federación.

Para 2026 el FAIS suma más de 135 mil millones de pesos a nivel nacional, el monto más alto en la historia del fondo. De ese total, el componente municipal (FAISMUN) equivale al 2.2228% de la Recaudación Federal Participable, lo que representa para la mayoría de los municipios del país una de sus principales fuentes de inversión en infraestructura.

Dato clave: la naturaleza federal del recurso no cambia al llegar al municipio. Los Lineamientos 2026 lo reiteran con claridad: los recursos del FAIS no pierden su carácter federal al ser transferidos. Esto significa que cualquier mal uso es susceptible de responsabilidad administrativa, civil o penal ante la Auditoría Superior de la Federación y la Fiscalía General de la República. El dinero no "se vuelve municipal" al llegar a la cuenta bancaria del ayuntamiento.

 

2. Las novedades de 2026: qué cambió y por qué importa

Los Lineamientos de 2026 no son una simple actualización de fechas. Introducen cambios estructurales importantes. A continuación se explican los más relevantes.

2.1 Una nueva plataforma: ya no es la MIDS, ahora es el SIFAIS

Este es probablemente el cambio operativo más importante para el día a día del trabajo municipal. En 2025, el sistema digital para planear y registrar las obras era la plataforma de Planeación y Seguimiento del FAIS. Para 2026, esa herramienta se llama ahora Sistema de Información del FAIS (SIFAIS) y está disponible en https://sifais.bienestar.gob.mx/

El cambio no es sólo de nombre. El SIFAIS incorpora el módulo de Seguimiento de la Planeación de la Obra (SPO) y el módulo de Seguimiento a la Participación Social directamente integrados en la plataforma. Antes estos procesos se gestionaban de manera separada. Ahora todo debe hacerse dentro de una sola herramienta. La persona Enlace FAIS es la única responsable del registro.

Error frecuente de 2025 que no puede repetirse: muchos municipios delegaron el registro en la plataforma a consultores externos o a personal de la empresa constructora. Esto genero inconsistencias, proyectos mal registrados y observaciones de Bienestar. En 2026 los Lineamientos son explicitos: los gastos indirectos no pueden usarse para contratar asesores que realicen las funciones que le corresponden a la persona Enlace FAIS. El Enlace debe ser un servidor publico con nivel minimo de director de area o equivalente, con su e.firma vigente.

2.2 El INEGI sustituye al CONEVAL como fuente de datos de pobreza

Este cambio tiene raíz constitucional. En julio de 2025, una reforma legal transfirió al INEGI la función de medir la pobreza, que hasta entonces correspondía al CONEVAL. Los Lineamientos 2026 reflejan este cambio: aunque el CONEVAL sigue siendo mencionado como referencia histórica, el INEGI es ahora la fuente oficial para los indicadores de pobreza y carencias sociales.

En la práctica, esto afecta principalmente la forma en que se justifica que una obra beneficia a población en pobreza extrema. El Informe Anual sobre la Situación de Pobreza y Rezago Social (IAPRS) —que es el documento que deben consultar antes de planear cualquier obra— se elabora ahora con datos del INEGI. Este informe debió publicarse a más tardar el último día hábil de enero de 2026.

2.3 El Catálogo de Inversiones: una novedad que pocos notan

Los Lineamientos 2026 incorporan, junto al tradicional Catálogo de Obras y Acciones, un Catálogo de Inversiones. Esto es nuevo. Permite que los municipios adquieran activos —maquinaria, equipo de construcción, materiales de obra— para realizar obras con mayor eficiencia, reducir costos y hacer más trabajos con el mismo presupuesto.

La lógica es clara: si un municipio tiene su propia retroexcavadora, puede hacer más obra por administración directa y no depender de contratistas. El catálogo de inversiones se encuentra en el Anexo II de los Lineamientos 2026.

2.4 Obras por administración directa: ahora se incentivan explícitamente

En 2025 era posible hacer obras por administración directa, pero el tema no tenía mucho peso normativo. En 2026 los Lineamientos la promueven de forma explícita, señalando que los municipios "podrán dar preferencia" a esta modalidad con el objetivo de reducir costos y optimizar recursos.

Las condiciones son: contar con capacidad técnica, maquinaria y personal suficientes; utilizar mano de obra local (contratada obra por obra, no como plaza permanente); y preferentemente materiales de la región. Debe seguirse la Ley de Obras Públicas del estado correspondiente.

2.5 La Declaratoria de beneficio a población en pobreza extrema: ahora es digital y firmada con e.firma

Cuando una obra se realiza fuera de una ZAP o de una localidad con rezago social alto o muy alto, el municipio debe demostrar que aun así beneficia a población en pobreza extrema. Para ello existe la Declaratoria de beneficio a población en pobreza extrema.

En 2025 este proceso tenía algunas ambigüedades. En 2026 está detallado: la Declaratoria debe llenarse y firmarse electrónicamente en la plataforma SIFAIS, descargarse en formato digital, firmarse también de manera autógrafa, y adjuntarse al registro del proyecto. Para el FAISMUN, deben firmarla el presidente municipal, el tesorero y la persona Enlace FAIS. Los tres.

Advertencia legal importante: los Lineamientos 2026 advierten expresamente que proporcionar información falsa en la Declaratoria es un acto constitutivo de delito conforme a los artículos 244 y 247 del Código Penal Federal. No es una advertencia menor. Presidente, tesorero y Enlace FAIS firman con responsabilidad personal.

2.6 Los Comités de Participación Social (CPS): ya no son opcionales

En 2025 se hablaba de participación social, pero su implementación quedaba en gran medida a discreción del municipio. En 2026 los Comités de Participación Social (CPS) son un requisito operativo concreto para casi cualquier proyecto FAIS.

Un CPS es un grupo de vecinos de la localidad donde se hará la obra, elegido democráticamente, que participa en la identificación de necesidades, da seguimiento al avance de los trabajos y valida la conclusión de la obra mediante Formatos de Participación Social (FPS). Estos formatos deben registrarse en el módulo correspondiente del SIFAIS.

La única excepción es cuando la obra beneficia a una o dos viviendas: en ese caso se usa un Formato de Persona Beneficiaria en lugar del acta del CPS.

Error frecuente de 2025 que no puede repetirse: muchos municipios instalaron los CPS como trámite, firmaron el acta de instalación y no volvieron a reunirlos. En 2026 el seguimiento debe registrarse en la plataforma durante todo el ciclo de la obra: inicio, avance y conclusión. Si hay inconsistencias entre lo registrado en el SIFAIS y lo que se encuentra en campo, eso es causa de observación normativa.

2.7 Visitas de seguimiento de la DGDR: ahora tienen protocolo formal

Los Lineamientos 2025 permitían visitas de seguimiento por parte de la Dirección General de Desarrollo Regional de Bienestar. En 2026 esas visitas tienen un protocolo detallado: la DGDR debe notificar al municipio con al menos 3 días hábiles de anticipación, presentar credenciales y orden de visita, levantar acta con los hallazgos, y otorgar 15 días hábiles para subsanar irregularidades.

Si las irregularidades no se subsanan o no son subsanables, la DGDR dará parte a las autoridades correspondientes. Esto puede derivar en reportes a la ASF o a la Fiscalía.

2.8 El porcentaje mínimo en ZAP urbanas baja del 30% al 15%

Este es un cambio técnico relevante para municipios con Zonas de Atención Prioritaria urbanas. En 2025, cuando el cálculo de la fórmula indicaba que debían invertirse recursos en ZAP urbanas, el piso mínimo era del 30%. En 2026 ese piso baja al 15%.

El 30% sigue existiendo como referencia preferente para agua, alcantarillado y drenaje, pero como piso obligatorio en ZAP urbanas la reducción a 15% da más flexibilidad a los municipios con importantes zonas urbanas en rezago.

2.9 Un nuevo freno para las entidades federativas

Los Lineamientos 2026 incluyen una disposición que protege directamente a los municipios: los gobiernos estatales no podrán solicitar información ni realizar validaciones de los proyectos que los municipios planeen con recursos del FAIS. Eso es facultad exclusiva de Bienestar a través de la DGDR.

Esto puede sonar técnico, pero tiene implicaciones prácticas muy concretas: si el gobierno del estado te pide que le mandes tus proyectos para revisarlos antes de subirlos al SIFAIS, esa exigencia no tiene sustento en los Lineamientos. El municipio responde directamente ante la DGDR.

3. Cuadro comparativo: 2025 vs 2026 de un vistazo

Aspecto

Lineamientos 2025

Lineamientos 2026

Plataforma digital

Plataforma de Planeación y Seguimiento (MIDS + SRFT)

SIFAIS — Sistema de Información del FAIS (sifais.bienestar.gob.mx)

Fuente de datos de pobreza

CONEVAL principalmente

INEGI (por reforma legal de julio 2025)

Catálogo de obras

Catálogo de obras y acciones

Catálogo de obras + Catálogo de Inversiones (maquinaria y equipo)

Obras por adm. directa

Permitidas, sin énfasis especial

Incentivadas explícitamente para reducir costos

Piso mín. ZAP urbanas

30% de inversión en ZAP urbanas

15% de inversión en ZAP urbanas

Declaratoria pobreza

Proceso con ambigüedades

Proceso digital con e.firma obligatoria (presidente + tesorero + enlace)

CPS / participación social

Obligatorio pero sin detalle de seguimiento

CPS con registro digital en SIFAIS en inicio, avance y conclusión

Visitas de seguimiento DGDR

Posibles, sin protocolo formal detallado

Protocolo formal: notificación 3 días hábiles, acta, plazo de 15 días para subsanar

Persona Enlace FAIS

Servidor público designado

Director/a de área mínimo, con e.firma vigente, único interlocutor con DGDR

Reintegro de recursos

Al 31 de diciembre

Al 31 de diciembre; pagos pendientes se pueden cubrir hasta el primer trimestre

% inversión directa/complementaria

40% directa mínimo / 60% complementaria máx.

Hasta 100% en directa; complementaria hasta 60%

Gastos indirectos

Hasta 3%

Hasta 3% — prohibido usarlos para contratar gestores del trabajo del Enlace

PRODIM

Hasta 2%, requiere convenio previo con Bienestar

Hasta 2%, ahora se planea y firma digitalmente en el SIFAIS

Protección contra el estado

No explícita

El estado no puede pedir validaciones de proyectos municipales FAIS

 

4. Lo que no cambió: las reglas de siempre

Entre tanta novedad conviene recordar qué sigue igual, porque en muchos casos los errores vienen de no entender las reglas permanentes del FAIS.

•             El recurso sólo puede usarse para las obras del Catálogo. No se puede inventar un uso aunque tenga buena justificación.

•             No puede entregarse materiales de construcción directamente a la población. Está prohibido de manera expresa.

•             No puede solicitarse aportaciones a los beneficiarios —ni dinero, ni trabajo, ni especie— para complementar la obra.

•             El recurso no pierde su carácter federal. No se puede pignorar, embargar ni usar como garantía de deuda, salvo lo que establece el artículo 50 de la Ley de Coordinación Fiscal.

•             Los rendimientos financieros (intereses de la cuenta bancaria productiva) también deben usarse en el FAIS, no en otro destino.

•             La placa informativa en la obra sigue siendo obligatoria, aunque en 2026 se detalla más su contenido: debe incluir escudo nacional, nombre del proyecto, monto ejercido, número de beneficiarios, folio SRFT, logotipo del FAIS y fecha de conclusión.

•             Los proyectos deben registrarse en el SIFAIS al menos 15 días naturales antes del inicio de su ejecución. Registrar una obra que ya se está construyendo genera observaciones automáticas.

 

5. Los errores más comunes del primer año — y cómo corregirlos

Este apartado parte de la experiencia observada en municipios durante 2025. No es un señalamiento, sino una herramienta de aprendizaje. El segundo año es la oportunidad de hacerlo bien.

Error 1: Planear sin revisar el Informe Anual de Pobreza

El Informe Anual sobre la Situación de Pobreza y Rezago Social (IAPRS) no es un documento decorativo. Es la base legal y técnica para decidir dónde y en qué invertir el FAIS. Muchos municipios planearon sus obras sin revisarlo, guiándose sólo por la intuición política o la presión comunitaria. El resultado fue proyectos mal focalizados que generaron observaciones de Bienestar.

Qué hacer: Revisen el IAPRS publicado por Bienestar en enero de 2026 antes de registrar un solo proyecto. Ese informe identifica cuáles son las carencias sociales más graves de su municipio por localidad. Que esa información guíe sus decisiones.

Error 2: Registrar obras que ya estaban en ejecución

Algunos municipios, presionados por los tiempos políticos o por compromisos de campaña, iniciaron obras antes de registrarlas en la plataforma. La norma es clara: el registro debe hacerse con al menos 15 días naturales de anticipación al inicio de la obra. Obras ya iniciadas que se registran después generan observaciones y pueden derivar en que el gasto no sea reconocido como válido.

Qué hacer: Planear primero, ejecutar después. Nunca al revés. Si hay presión política para iniciar una obra "de inmediato", la respuesta es: primero la plataforma, luego la pala.

Error 3: Confundir el 3% de gastos indirectos con gasto libre

El 3% de gastos indirectos es para verificación, seguimiento, estudios técnicos y evaluación de proyectos. No es un fondo disponible para cualquier gasto administrativo. En 2025 varios municipios usaron estos recursos para contratar consultores que hacían lo que debería hacer el Enlace FAIS, o para servicios sin relación con el seguimiento de obras.

Qué hacer: Revisar el Catálogo de Gastos Indirectos del Anexo II de los Lineamientos 2026. Cada erogación del 3% debe tener referencia al folio de la obra a la que corresponde.

Error 4: No instalar o no darle seguimiento a los CPS

Muchos municipios instalaron los Comités de Participación Social al inicio del año con una reunión y un acta, y después no volvieron a reunirlos. En 2026 los Lineamientos exigen el registro digital del seguimiento en tres momentos: inicio, avance y conclusión de la obra. Si eso no está en el SIFAIS, la obra tiene un hueco normativo que puede generar observaciones.

Qué hacer: Designar en cada obra a los integrantes del CPS, guardar evidencias fotográficas de las reuniones de seguimiento y registrarlas en el SIFAIS puntualmente. No dejar esta responsabilidad para el final del año.

Error 5: No atender oportunamente las observaciones de Bienestar

Cuando Bienestar emite una observación de relevancia normativa a un proyecto registrado en la plataforma, el municipio tiene que solventarla. Si no lo hace, el proyecto no se valida, no se informa a la SHCP y al final del año esos recursos quedan en riesgo de convertirse en reintegro obligatorio.

Qué hacer: Que el Enlace FAIS revise permanentemente el estatus de los proyectos en el SIFAIS. Las observaciones de Bienestar deben atenderse con celeridad. En 2026 las observaciones no atendidas pueden derivar en reportes formales a las autoridades.

Error 6: No publicar los informes trimestrales en la página municipal

Los municipios están obligados a publicar en su página oficial de internet los informes trimestrales de avance de los proyectos FAIS. Muchos no lo hacen, o lo hacen tarde. Esto es una obligación de transparencia que también revisa la ASF.

Qué hacer: Si el municipio no tiene página web propia, los Lineamientos 2026 señalan que puede convenir con el gobierno estatal para que publique la información en su portal. No es excusa no tener página propia.

 

6. El calendario que no puede ignorarse

El SIFAIS tiene períodos de captura improrrogables. Esto quiere decir que si se venció la fecha para registrar proyectos en determinado período, ya no es posible hacerlo después. Los plazos del Calendario FAIS 2026 (Anexo I de los Lineamientos) son los siguientes:

Actividad

Responsable

Período

Captura de planeación (primer período)

Enlace FAIS

Apertura del sistema hasta el 8 de marzo

Captura de planeación (segundo período)

Enlace FAIS

1 de abril al 7 de junio

Captura de planeación (tercer período)

Enlace FAIS

1 de julio al 6 de septiembre

Rendimientos y economías (cuarto período)

Enlace FAIS

Cuarto trimestre

50% de recursos planeados al 2° trimestre

Municipio

30 de junio

100% de recursos planeados al 3° trimestre

Municipio

30 de septiembre

Cierre del ejercicio — reintegro de remanentes

Entidad y municipio

31 de diciembre / 15 de enero siguiente

La regla de los porcentajes de planeación por trimestre es nueva en su precisión: al cerrar el segundo trimestre debe estar planeado al menos el 50% del recurso total; al cerrar el tercero, el 100%. Si a mitad del año el municipio tiene registrado sólo el 20% de sus recursos, hay un problema serio que Bienestar puede reportar.

 

7. ¿Qué debe hacer cada quien?

El alcalde o alcaldesa

•             Designar formalmente, mediante oficio, a la persona Enlace FAIS. Que sea alguien con nivel de director, conocimiento técnico y, sobre todo, compromiso. Esta designación tiene consecuencias jurídicas: la persona Enlace responde ante Bienestar.

•             Firmar, junto con el tesorero y el Enlace, las Declaratorias de beneficio a población en pobreza extrema que apliquen. Esa firma no es burocrática: es una declaración formal con implicaciones penales en caso de falsedad.

•             Asegurarse de que el ayuntamiento cuente con una cuenta bancaria productiva específica para los recursos del FAIS, separada de cualquier otra cuenta municipal.

•             Garantizar que las obras entregadas lleguen a la ciudadanía sin actos de proselitismo. Los Lineamientos lo prohíben expresamente.

El tesorero o tesorera

•             Llevar un control riguroso y separado de los recursos del FAIS. Los rendimientos financieros generados deben también registrarse y usarse en el FAIS, no mezclarse con otros recursos.

•             Verificar que los pagos de obra correspondan exactamente a los proyectos validados en el SIFAIS. Cualquier diferencia entre lo planeado y lo pagado puede ser observada.

•             Prever el cierre del ejercicio: los recursos no devengados al 31 de diciembre deben reintegrarse a la Tesorería de la Federación a más tardar el 15 de enero. Los devengados pero no pagados tienen hasta el primer trimestre de 2027. Planear con esos tiempos desde ahora.

•             Firmar las Declaratorias de beneficio a población en pobreza extrema junto con el presidente y el Enlace, cuando corresponda.

El Cabildo

•             Su función es de vigilancia y control. Deben exigir en cabildo que se informe trimestralmente sobre el estado de los proyectos FAIS: cuántos están registrados, cuántos validados, cuántos en ejecución, cuántos concluidos.

•             Verificar que los proyectos aprobados en la planeación del FAIS efectivamente beneficien a la población en rezago social y pobreza extrema de su municipio. No sólo las obras más visibles o políticamente convenientes.

•             Si detectan irregularidades en el uso del recurso, tienen derecho y obligación de denunciarlas ante las instancias correspondientes. Los Lineamientos 2026 señalan que cualquier ciudadano —y con mayor razón un servidor público electo— puede presentar denuncias ante las autoridades competentes.

El director o directora de obras públicas o infraestructura

•             Asegurarse de que todos los proyectos cuenten con el proyecto ejecutivo completo antes de registrarlos en el SIFAIS: memoria descriptiva, presupuesto desglosado, planos y reporte fotográfico. La plataforma lo exige como requisito de carga.

•             Si se van a realizar obras por administración directa —modalidad ahora incentivada por los Lineamientos—, verificar que el municipio cuente con la capacidad técnica, la maquinaria y el personal. No declarar capacidades que no existen.

•             Coordinar con el Enlace FAIS el seguimiento físico de las obras y su registro en el módulo SPO del SIFAIS. El avance físico registrado debe coincidir con lo que se encontraría en campo si Bienestar hace una visita.

•             Recordar que las obras deben tener todos sus permisos, dictámenes y derechos de vía antes de iniciar. Una obra sin estos documentos no sólo viola los Lineamientos: puede derivar en responsabilidades civiles.

 

8. Reflexión final: el segundo año no tiene excusas

En el primero año de gestión siempre hay una curva de aprendizaje. Los nuevos funcionarios llegaron a sus cargos en octubre de 2024 y prácticamente de inmediato tuvieron que operar el FAIS, a veces sin capacitación, sin equipo formado y con presiones políticas desde el primer día. Es comprensible que hayan cometido errores.

El segundo año es diferente. Ya se conoce el fondo. Ya se sabe que hay una plataforma que hay que alimentar, que hay plazos que no se mueven, que hay un Enlace que responde ante Bienestar, que las obras deben tener proyecto ejecutivo antes de registrarse y que los CPS no son un trámite sino un proceso continuo.

Los Lineamientos 2026 traen cambios importantes —especialmente la nueva plataforma SIFAIS, el Catálogo de Inversiones y la formalización del protocolo de visitas de seguimiento— pero la lógica del fondo es la misma: recursos federales para infraestructura social básica, con transparencia, rendición de cuentas y focalización en quienes más lo necesitan.

La diferencia entre un municipio que usa bien el FAIS y uno que genera observaciones no está en el tamaño del recurso ni en la complejidad técnica. Está en la organización, en la designación de personas capaces como Enlace, en la disciplina del registro en la plataforma y en el compromiso de que cada peso llegue realmente a quien lo necesita.

 

Lista de verificación para arrancar bien el FAIS 2026

Antes de registrar cualquier proyecto en el SIFAIS, verifiquen:

[OK]  El Enlace FAIS está designado formalmente, tiene nivel de director mínimo y su e.firma está vigente.

[OK]  El IAPRS 2026 fue revisado y la planeación parte de sus datos.

[OK]  Cada proyecto tiene proyecto ejecutivo completo (memoria, presupuesto, planos, fotografías).

[OK]  Los CPS están instalados y hay plan para documentar su seguimiento.

[OK]  Se conocen los períodos de captura del SIFAIS y nadie va a intentar registrar obras ya iniciadas.

[OK]  La cuenta bancaria productiva específica del FAIS está abierta y operando.

[OK]  El cabildo sabe que recibirá informes trimestrales del avance del FAIS.

 

 

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